Multas de hasta 3.000 euros por atentar contra los bienes públicos
Por : Redacción
El Pleno del Ayuntamiento de Guadarrama aprobó el pasado viernes una nueva ordenanza municipal sobre protección de la convivencia ciudadana y prevención de actuaciones antisociales, que sancionará con 3.000 euros las faltas muy graves cometidas contra los bienes públicos y el patrimonio arquitectónico y urbanístico de la localidad.
La nueva normativa regulará la realización de acciones como pintadas, inscripciones o grafismos en bienes públicos, la colocación de carteles, vallas, rótulos, etc., en lugares no autorizados, la distribución de folletos y octavillas, así como la colocación de mobiliario con propaganda publicitaria en la vía pública.
Además reconoce la prohibición de talar, romper y zarandear los árboles, cortar sus ramas y hojas, grabar o raspar su corteza, verter toda clase de líquidos y arrojar y esparcir basuras, escombros y residuos en las proximidades del arbolado y plantas situadas en la vía pública.
Las infracciones cometidas contra los bienes públicos y el patrimonio arquitectónico y urbanístico de la localidad se dividen en muy graves, graves y leves. Las muy graves, para las que se prevé una sanción máxima de 3.000 euros, se referirán a aquellas que atenten contra la convivencia ciudadana como romper, arrancar o realizar pintadas en la señalización pública, incendiar contenedores de basura, arrancar o talar árboles, cazar o matar pájaros u otros animales, impedir deliberadamente el tránsito peatonal o de vehículos por paseos y aceras y en definitiva, todas las que pongan en grave peligro la integridad de las personas.
Entre las graves, sancionadas con un máximo de 1.500 euros, se señalan por ejemplo maltratar a los animales, realizar pintadas sin autorización en bienes públicos, deteriorar equipamientos, infraestructuras o instalaciones públicos, disparar petardos, cohetes u otros artículos pirotécnicos o causar daños en árboles, plantas y jardines.
Las infracciones leves alcanzarán multas de hasta 750 euros y se referirían a aquellas que causan daños menores en el mobiliario urbano y arquitectónico en cualquier bien público.
La nueva ordenanza contempla la posibilidad de complementar la sanción económica o sustituirla, en faltas leves, por la reparación del daño a través de trabajos para la comunidad. Una situación que no impediría la responsabilidad penal que pudiera deducirse de la infracción pero que sí contribuiría a desarrollar el sentido de responsabilidad de los más jóvenes haciéndoles participes de la sanción, dado que en muchos casos terminan siendo los progenitores o tutores responsables los que asumen económicamente las consecuencias de los actos de los menores.
En la sesión plenaria se aprobó además la utilización de las tablas publicadas por la Comunidad de Madrid como base oficial para el cálculo del impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO), a las que se le añade un índice corrector del 1,4.
Los miembros del pleno aprobaron por unanimidad la creación de un Consejo Económico y Social, que será un órgano de participación en el que estarán integrados representantes de asociaciones, sindicatos y entidades representativas de la localidad.
enero 24, 2006
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1 comentario:
Me interesaría conocer la normativa relativa a ésto. Gracias.
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